Los estudiantes internacionales en España pueden quedarse a trabajar tras finalizar sus estudios. Puedes conseguirlo solicitando la modificación de autorización de estancia por estudios a residencia y trabajo. Esta guía te explica el proceso y los documentos necesarios.
Normas para la modificación del visado de estudiante
Con las recientes actualizaciones de la ley de extranjería en España, la transición de un visado de estudiante a un permiso de trabajo es mucho más sencilla.
- Sin periodo de espera: Ya no es necesario esperar 3 años en España con el visado de estudiante para poder realizar la modificación. Puedes solicitarla en cuanto finalices con éxito tus estudios.
- Estudios finalizados: Debes haber terminado tu grado, máster o programa de doctorado. No puedes solicitar la modificación si aún estás estudiando o si no has aprobado tus asignaturas.
- Plazos: Debes presentar tu solicitud de modificación durante los 60 días anteriores a la fecha de caducidad de tu tarjeta de estudiante (TIE), o bien durante los 90 días posteriores. Recomendamos presentarla antes de que caduque.
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Tipos de permisos de trabajo
Puedes solicitar dos modalidades diferentes de permisos de trabajo en función de tu situación laboral.
- Cuenta ajena (Empleado): Dispones de una oferta de empleo de una empresa española. La empresa debe patrocinar tu solicitud y aportar su documentación económica para demostrar que puede abonar tu salario.
- Cuenta propia (Autónomo): Deseas poner en marcha tu propio negocio o trabajar como autónomo. Debes presentar un plan de negocio detallado aprobado por una asociación de autónomos autorizada.
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Documentos necesarios para la transición
Debes reunir la documentación de tu universidad y de tu futuro empleador antes de presentar tu solicitud.
Documentos necesarios
- Tu pasaporte físico (debe estar en vigor)
- Tu tarjeta TIE de estudiante actual
- El título universitario oficial o el expediente académico que acredite la superación de las asignaturas
- Una copia del contrato de trabajo firmado (debe ser de al menos 30 horas semanales)
- La documentación oficial de la empresa (CIF, alta en Hacienda y corriente de pagos en la Seguridad Social)
- Los justificantes de pago de las tasas administrativas del trámite (Tasa 790 052 y Tasa 790 062)
Paso a paso para el proceso de solicitud
Debes presentar tu solicitud por vía telemática a través del portal Mercurio del Ministerio de Migraciones.
Pasos para realizar la modificación
- Solicita el expediente académico final y el certificado de finalización de estudios en tu universidad.
- Obtén el contrato de trabajo firmado y la documentación fiscal de la empresa de tu empleador.
- Accede al portal Mercurio utilizando tu certificado digital.
- Selecciona la opción de “Modificación de la situación de estancia por estudios a la situación de residencia y trabajo por cuenta ajena”.
- Rellena el formulario de solicitud con tus datos personales y los de la empresa contratante.
- Sube todos los documentos necesarios de la lista en formato PDF.
- Abona las dos tasas administrativas (Tasa 790) por internet o en una sucursal bancaria y sube los correspondientes justificantes.
- Envía la solicitud. La oficina de extranjería dispone de un plazo de 3 meses para tramitar el expediente.
- Una vez aprobada, dispones de un plazo de 1 mes para darte de alta en la Seguridad Social y solicitar cita para la expedición de tu nueva tarjeta TIE.
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Preguntas y respuestas
¿Puedo trabajar mientras se tramita mi solicitud?
Solo si tu tarjeta de estudiante está en vigor. Si tu TIE de estudiante sigue vigente y dispones de permiso de trabajo de estudiante, puedes seguir trabajando hasta 30 horas semanales. Si tu tarjeta de estudiante ha caducado, no podrás trabajar hasta recibir la resolución oficial de aprobación.
¿Qué ocurre si la solicitud es denegada?
Puedes reclamar. Dispones de un plazo de 1 mes para presentar un recurso de reposición (reclamación administrativa) contra la decisión, o bien puedes solicitar el visado de búsqueda de empleo si cumples los requisitos.
¿Puedo modificar la autorización a un permiso de autónomo?
Sí. Es posible modificar a un permiso por cuenta propia. Deberás aportar un plan de viabilidad de tu negocio, acreditar recursos económicos suficientes y tus cualificaciones profesionales.
¿Cuenta la estancia por estudios para la nacionalidad?
Solo tras la modificación. El tiempo que pasas en España con visado de estudiante (estancia por estudios) solo cuenta como “estancia”, no como “residencia”. Computa un 50% para la residencia de larga duración, pero no sirve para los años necesarios para solicitar la nacionalidad española. Tras realizar la modificación, el tiempo empezará a computar al 100% como residencia.
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